6 de abril de 2015

Endogamia en las casas reales

Es bien sabido que en la realeza europea se ha verificado desde hace siglos una fuerte endogamia de grupo, entendiendo este último como un conjunto transnacional de familias con derechos o con poder para ocupar el trono de las distintas monarquías. Con el paso del tiempo, se han ido estableciendo numerosos lazos de parentesco por afinidad y consanguinidad, los cuales, independientemente de las dinastías o casas reinantes en cada momento, conforman una intrincada y extensa red familiar prácticamente paneuropea.

Esta situación, atemperada en los últimos tiempos por los cada vez más frecuentes matrimonios morganáticos, ha ocasionado que en innumerables ocasiones se realizaran uniones entre parientes muy cercanos. Por el contrario, esta clase de uniones ha sido siempre poco frecuente en el ámbito de la población común en la cultura occidental, por estar desaconsejadas, estorbadas o directamente prohibidas, siendo la autoridad eclesiástica la encargada de reglamentar los grados de parentesco con los que cabía o no contraer matrimonio.

Efectivamente, lo que la Iglesia prohibía a la población común lo autorizaba sin excesivos problemas a la realeza, ya que la endogamia es uno de los factores clave para la existencia y continuidad de cualquier grupo aristocrático en todas las sociedades.

Las prescripciones y proscripciones matrimoniales son un asunto universal y ancestral en la especie humana, y están en la base del funcionamiento y estructuración de todas las sociedades. En el caso de la cultura occidental de tradición judeocristiana arrancan, en su forma conocida, del capítulo 18 del libro del Levítico, en donde se especifica con qué clases de parientes no puede contraer matrimonio un varón.